Sentencia del TSJC: El derecho de los trabajadores en baja médica a cobrar el complemento de asistencia y puntualidad

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Introducción

Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha emitido una sentencia crucial que afecta a miles de trabajadores en el sector sanitario y otros ámbitos laborales. Este fallo establece que los trabajadores en baja médica deben seguir cobrando el complemento de asistencia y puntualidad, un incentivo económico que normalmente se ofrece por no faltar al trabajo. Esta decisión marca un precedente importante, especialmente en lo relacionado con la discriminación por motivos de salud en el ámbito laboral.

En este artículo, analizamos en detalle el contenido de esta sentencia, su impacto en los trabajadores y empresas, y las posibles implicaciones para otros sectores laborales. ¿Qué significa este fallo para los empleados en baja médica? ¿Cómo afecta a los convenios colectivos? Acompáñanos en este análisis exhaustivo.

El fallo judicial del TSJC

El fallo emitido por la Sala de lo Social del TSJC considera discriminatorio que los trabajadores en situación de baja médica sean excluidos del cobro del complemento de asistencia y puntualidad. Esta decisión responde a la impugnación del artículo 18 del convenio colectivo para empresas y trabajadores de transporte sanitario en Cataluña.

El tribunal catalán falló que la disposición de este convenio, que eximía a las empresas de pagar el complemento de asistencia a trabajadores en baja médica por más de tres días, era nula e ilegal. Según la sentencia, esta exclusión constituye una vulneración del derecho a la no discriminación por razones de salud, según lo establecido en la Ley 15/2022 de igualdad de trato.

Naturaleza discriminatoria de la exclusión del complemento

El TSJC fundamenta su decisión en que excluir a los trabajadores de la percepción del complemento salarial por el mero hecho de estar en baja médica es una forma de discriminación directa. La Ley 15/2022, que entró en vigor en julio de 2022, prohíbe la discriminación por motivos de salud y establece que todos los trabajadores deben ser tratados en igualdad de condiciones, independientemente de si están en situación de incapacidad temporal (Confilegal).

Antes de la aprobación de esta ley, la discriminación por enfermedad no estaba reconocida de manera expresa como un motivo de diferenciación ilegal. Sin embargo, el TSJC recordó que, tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), han venido desarrollando jurisprudencia en la que se señala que la discriminación por enfermedad puede equipararse a la discriminación por discapacidad en ciertos contextos.

Por tanto, el TSJC argumenta que excluir del complemento de asistencia a los trabajadores que se encuentren de baja médica no solo es una práctica injusta, sino también ilegal bajo la normativa vigente.

Repercusiones en los trabajadores del sector sanitario

La sentencia del TSJC afecta directamente a más de 17,000 trabajadores del sector del transporte sanitario en Cataluña. Sin embargo, su alcance va mucho más allá. Esta decisión puede impactar a miles de empleados en toda España cuyos convenios colectivos contienen cláusulas similares que excluyen el pago de complementos salariales durante las bajas médicas. Este fallo judicial abre la puerta a futuras demandas en sectores donde estas prácticas se han normalizado.

La exclusión de los complementos de asistencia y puntualidad en casos de baja médica por más de tres días ha sido una práctica común en muchos convenios colectivos, afectando gravemente a los empleados. Con esta sentencia, los derechos laborales de los trabajadores que se encuentran en situación de baja médica reciben un respaldo significativo.

Complementos salariales y absentismo laboral

El objetivo de los complementos salariales, como el de asistencia y puntualidad, es reducir los niveles de absentismo laboral. Estos pagos adicionales motivan a los empleados a cumplir con su jornada laboral y a presentarse puntualmente a sus puestos de trabajo. No obstante, en muchos casos, estos complementos se retiran automáticamente cuando un trabajador se encuentra en situación de incapacidad temporal, lo que genera controversia.

Este tipo de prácticas es común en sectores con altos índices de absentismo, como los call centers o el sector sanitario. Sin embargo, el TSJC ha dejado claro que esta medida es discriminatoria cuando se aplica en casos de enfermedad, ya que penaliza a trabajadores que, por razones de salud, no pueden cumplir con su jornada completa.

Aspectos legales de la discriminación por enfermedad

La jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sido clave para entender cómo la discriminación por enfermedad ha ido evolucionando. Aunque la Ley 15/2022 ha formalizado esta protección, anteriormente ya existían fallos judiciales que equiparaban la discriminación por enfermedad a la discriminación por discapacidad en situaciones específicas.

El TSJC ha subrayado que la exclusión de los complementos salariales a los trabajadores en baja médica es un claro ejemplo de vulneración del derecho a la igualdad. Esto ha sentado un precedente importante que podría ser utilizado en futuras disputas laborales, no solo en el sector sanitario, sino también en otros sectores donde se aplican incentivos similares.

Opinión de los sindicatos y su rol en la demanda

Los sindicatos como SITAC, ASA-C, UGT, CCOO, USOC, SindiCat, jugaron un papel crucial en la impugnación del artículo 18 del convenio colectivo del transporte sanitario en Cataluña. Junto con el Ministerio Fiscal, argumentaron que excluir a los trabajadores en baja médica del complemento de asistencia y puntualidad violaba sus derechos fundamentales. El TSJC falló a su favor, afirmando que esta exclusión era una forma de discriminación por enfermedad.

Desde los sindicatos, se ha aplaudido esta sentencia, calificándola de «gran victoria» para los derechos laborales en España. Consideran que, a partir de este fallo, será más fácil para los trabajadores de otros sectores impugnar cláusulas discriminatorias similares en sus convenios colectivos.

La protección de los derechos laborales tras la reforma de 2022

El fallo del TSJC está respaldado por la Ley 15/2022, aprobada en julio de 2022, que fortalece la protección de los trabajadores contra la discriminación por razones de salud. Esta ley prohíbe explícitamente que la enfermedad sea un motivo para aplicar diferencias de trato en el ámbito laboral, salvo en situaciones que deriven directamente del proceso de tratamiento o por razones de salud pública.

El objetivo de esta reforma es garantizar que los trabajadores no sean penalizados económicamente por el simple hecho de estar en situación de incapacidad temporal. Con la sentencia del TSJC, queda claro que los tribunales están aplicando esta ley para asegurar que los empleados reciban un trato igualitario, incluso cuando se encuentran en baja médica.

Complementos salariales y absentismo laboral

El objetivo de los complementos salariales, como el de asistencia y puntualidad, es reducir los niveles de absentismo laboral. Estos pagos adicionales motivan a los empleados a cumplir con su jornada laboral y a presentarse puntualmente a sus puestos de trabajo. No obstante, en muchos casos, estos complementos se retiran automáticamente cuando un trabajador se encuentra en situación de incapacidad temporal, lo que genera controversia.

Este tipo de prácticas es común en sectores con altos índices de absentismo, como los call centers o el sector sanitario. Sin embargo, el TSJC ha dejado claro que esta medida es discriminatoria cuando se aplica en casos de enfermedad, ya que penaliza a trabajadores que, por razones de salud, no pueden cumplir con su jornada completa (El Periódico).

Aspectos legales de la discriminación por enfermedad

La jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sido clave para entender cómo la discriminación por enfermedad ha ido evolucionando. Aunque la Ley 15/2022 ha formalizado esta protección, anteriormente ya existían fallos judiciales que equiparaban la discriminación por enfermedad a la discriminación por discapacidad en situaciones específicas (Confilegal).

El TSJC ha subrayado que la exclusión de los complementos salariales a los trabajadores en baja médica es un claro ejemplo de vulneración del derecho a la igualdad. Esto ha sentado un precedente importante que podría ser utilizado en futuras disputas laborales, no solo en el sector sanitario, sino también en otros sectores donde se aplican incentivos similares.

Conclusión

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha sentado un importante precedente en la lucha contra la discriminación laboral por razones de salud. El hecho de que los trabajadores en baja médica no puedan ser excluidos del complemento de asistencia y puntualidad refuerza la protección de sus derechos y garantiza un trato más justo en el ámbito laboral (Europa Press).

Con el respaldo de la Ley 15/2022, esta decisión no solo afecta a los trabajadores del transporte sanitario en Cataluña, sino que tiene el potencial de impactar a cientos de miles de empleados en España. Esta sentencia es una llamada de atención para que las empresas revisen sus convenios colectivos y se ajusten a las normativas vigentes, evitando prácticas que puedan ser consideradas discriminatorias.

Fuentes

Confilegal: El TSJCat establece que los trabajadores en baja médica deben cobrar el complemento de asistencia y puntualidad. Confilegal

Europa Press: El TSJC establece que los trabajadores de baja médica deben cobrar el complemento de asistencia y puntualidad. Europa Press

El Periódico: El TSJC establece que las empresas deben pagar a los trabajadores de baja médica los complementos salariales. El Periódico

FAQs

1. ¿Qué establece la sentencia del TSJC sobre los complementos salariales?

El TSJC establece que los trabajadores en baja médica no pueden ser excluidos del cobro del complemento de asistencia y puntualidad, ya que sería considerado discriminación por motivos de salud.

2. ¿Qué es el complemento de asistencia y puntualidad?

El complemento de asistencia y puntualidad es un incentivo salarial que se otorga a los trabajadores por cumplir con sus horarios de trabajo sin ausencias o retrasos, aplicable en diversos sectores.

3. ¿Qué ley respalda la decisión del TSJC?

La Ley 15/2022 sobre igualdad de trato y no discriminación es la que respalda la decisión del TSJC, prohibiendo diferencias de trato basadas en la enfermedad o salud de los trabajadores.

4. ¿Cómo afecta esta sentencia a otros sectores laborales?

La sentencia del TSJC puede servir de precedente para que trabajadores de otros sectores con convenios similares puedan reclamar sus derechos si han sido excluidos de complementos salariales durante bajas médicas.

5. ¿Qué deben hacer las empresas para evitar problemas legales?

Las empresas deben revisar y adaptar sus convenios colectivos para cumplir con la legislación vigente y evitar prácticas discriminatorias que afecten a los trabajadores en baja médica.

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